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Ventajas fiscales para particulares
En el caso de particulares: Desgravación del 80% de los primeros 250€ y un 40% del restp de cantidades con un máximo del 10% de la base imponible.
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Hasta 250€
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251€ en adelante
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Ventajas fiscales para entidades
La donación de cantidades o de bienes establece una deducción en la cuota del 40% en el Impuesto sobre Sociedades con un máximo del 15% de la base imponible.
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